lunes, 2 de junio de 2014

La Justicia Universal


Con el tema “La Justicia Universal” iniciamos la Tertulia. De todas las intervenciones realizadas, cabe destacar las siguientes:

 1ª Cuando advierta que para producir necesita obtener autorización de quienes no producen nada; cuando compruebe que el dinero fluye hacia quienes trafican no bienes, sino favores; cuando perciba que muchos se hacen ricos por el soborno y por influencias más que por el trabajo, y que las leyes no lo protegen  contre ellos sino, por el contrario, son ellos los que están protegidos contra usted; cuando repare que la corrupción es recompensada y la honradez se convierte en un autosacrificio, entonces podrá afirmar, sin temor a equivocarse, que su sociedad está condenada. “Ayn Rand (1950).

2ª Sólo a través de la educación se puede alcanzar el espíritu crítico necesario para alcanzar a entender y promover los valores éticos necesarios en una sociedad verdaderamente democrática.

3ª España está obligada por varios Tratados Internacionales a cumplir con la aplicación de “Justicia Universal”.

4ª Hay diversas sentencias del Tribunal Supremo confirmando la competencia para juzgar distintos delitos cometidos en otros países.

5ª Lo que en la práctica supone la reforma de la ley de justicia universal aprobada por el Gobierno: miles de españoles víctimas de genocidio en otro país, vilmente asesinados. Pero el genocida no es español. Ninguno de nuestros jueces estará habilitado para abrir proceso contra él. Dicho de otro modo, ningún familiar podrá acudir a la justicia española para buscar una reparación.

6ª Choque de funciones entre la independencia del Poder Judicial y el Gobierno Legislador. En tanto que el Poder Judicial ha de velar estrictamente por la aplicación de justicia, entendida ésta en un contexto internacional, al Gobierno parece interesarle tan sólo los intereses económicos.

7ª Los partidos de la oposición y algunos jueces han acusado al Ejecutivo de limitar al máximo la capacidad de instruir causas de justicia universal en España por las presiones del Gobierno chino, que amenaza con ejecutar la deuda económica que España tiene contraída con China, ante el caso abierto en la Audiencia Nacional a las autoridades chinas por el genocidio tibetano entre 1980 y 1990, donde está imputado un expresidente y un ex primer ministro de ese país.

8ª Resulta de un cinismo atroz enviar ayuda ante desgracias de carácter natural y no prestar ayuda legal cuando se trata de delitos de lesa humanidad cometidos contra las personas.

9ª Cinco de los seis jueces de instrucción de la Audiencia Nacional, que tramitan las principales causas sobre corrupción, delitos económicos y terrorismo en España, se han plantado contra la ley que aprobó el PP de urgencia y sin apenas debate en el Congreso de los Diputados para limitar al máximo las competencias en materia de justicia universal e imponer el archivo de los casos abiertos.
Los jueces han decidido resistir y se han negado, de momento, a archivar las causas que llevan instruyendo años.
Las más relevantes son: la muerte del cámara José Couso durante la guerra de Irak o los asesinatos del jesuita Ignacio Ellacuría en El Salvador o el diplomático Carmelo Soria en Chile. También se cerrarán los procedimientos en los que se investigan los genocidios en el Tíbet, Guatemala, el Sáhara y Ruanda, el Holocausto nazi, los vuelos de la CIA, el asalto a la Flotilla de la Libertad, los ataques contra el campo de refugiados de Ashraf (Irak) y las torturas al movimiento Falun Gong.

10ª De la misma manera que en los tratados comerciales rige el derecho internacional, con más motivo ha de regir la Justicia Universal para delitos contra las personas.

11ª Hoy día está perfectamente asentada la idea fundamental de que, además del Estado y de la Organización Internacional, la persona individualmente considerada, es decir, el ciudadano, es también sujeto vinculado por el Derecho Internacional y responsable ante él y, en consecuencia, también por las obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos.

12ª Al respecto de lo antedicho, hay que indicar que el Convenio de Roma de 1998 no erige un sistema institucional de carácter temporal y exclusivo como el que dio lugar originariamente en su día a los conocidos Tribunales Internacionales de Nuremberg o Tokio tras la II Guerra Mundial, sino que antes bien y para diversos géneros de conductas delictivas, en este caso, para delitos de genocidio, lesa humanidad, agresión y guerra, instituye la Corte Penal que será permanente y complementará el ejercicio jurisdiccional de cualquier Estado, incluso cuando éste no sea parte del Convenio y lo acuerde así con posterioridad (artículos 1-4).

13ª Sí, en 2009, durante el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, el Congreso de los Diputados aprobó con apoyo de PSOE, PP, CiU y PNV la primera  reforma a la justicia universal en España. A partir de entonces, la Audiencia Nacional solo puede investigar delitos contra la humanidad cometidos en el exterior si los acusados se encuentran en España (algo complicado al tratarse de crímenes internacionales), alguna de las víctimas tiene nacionalidad española, o "existe algún vínculo de conexión relevante en España".

14ª "Este último punto dejaba una vía abierta que fue utilizada para aplicar el principio de justicia universal en algunos casos donde se podría haber archivado", explica Ignacio Jovtis, investigador de  Amnistía Internacional. En todos los casos, no puede abrirse una causa si otro estado o tribunal internacional ha iniciado una investigación "efectiva" al respecto con anterioridad.

15ª La modificación se aprobó después de que la entonces ministra de Asuntos Exteriores de Israel confesase públicamente la promesa del exministro español Miguel Ángel Moratinos: modificaría la ley para archivar el caso contra soldados israelíes por su supuesta responsabilidad en el  bombardeo del barrio Al-Daraj de Gaza.

16ª En noviembre de 2009, el Parlamento español aprobó una reforma que menoscababa el principio de jurisdicción universal. Amnistía Internacional, junto con más de 500 organizaciones nacionales e internacionales, asociaciones y sindicatos, así como 12.000 particulares, denunció esta reforma y la falta de transparencia y debate con la que se llevó a cabo. Sin embargo, esta nueva proposición presentada por el Grupo Popular va más allá, eliminando la disposición del actual artículo 23.4 que permite investigar casos en los que “existiese algún vínculo de conexión relevante con España”, un precepto que daba cierto margen para que los jueces de la Audiencia Nacional pudieran investigar estos delitos.