lunes, 31 de marzo de 2014

Influencia de la Moda en la Sociedad


Iniciamos la Tertulia con el tema “Influencia de la Moda en la Sociedad”. Destacando las siguientes intervenciones:

 

1ª La definición de moda según el diccionario de la Real Academia Española es: Uso, modo o costumbre que está en boga durante algún tiempo, o en determinado país, con especialidad en los trajes, telas y adornos, principalmente los recién introducidos.

 

2ª A partir de los cánones de la belleza griega parece que se rompe tal concepto con la imposición de la llamada “Moda”.

 

3ª En algunos de sus aspectos, la moda realiza esfuerzos por relacionarse íntimamente con el arte.

 

4ª No es la sociedad la que mueve a la moda, sino que es ésta la que mueve a la sociedad.

 

5ª Resultó de una grandísima importancia la aportación que realizó el grupo “Bauhaus” en todas las vanguardias, no sólo las referidas al arte, sino también en el desarrollo de la moda en toda su extensión.

 

6ª Pese a lo efímero que por definición tiene la moda, se realizan grandes esfuerzos publicitarios en presentarla como algo realmente imprescindible, excluyendo socialmente a aquellos que no se adhieran a la misma.

 

7ª Para ello, se apoya en un pequeño grupo social, generalmente elitista, que sabe y puede transmitir la conveniencia de que por uso e imagen debe uno sumarse al consumo del producto o a mantener determinada aptitud ante la vida diaria.

 

8ª La moda se presenta como el faro que ilumina y llena de color la apariencia del mundo, para ello se ofrece bajo aspectos espectaculares apoyándose en los grandes medios de comunicación.

 

9ª Coco Chanel influyo notablemente en la liberación de la mujer al aportar líneas sencillas libres de adornos y cierta ligereza.

 

10ª Es de destacar la negatividad que ofrecen casos provocados por la moda como son la “anorexia”, la bulimia” y las operaciones diversas para modificar el aspecto físico del cuerpo. Para ofrecer una imagen externa presumiblemente óptima, se suelen originar ciertos trastornos psicológicos que terminan perjudicando la salud mental.

 

11ª ¿Cómo se puede considerar la moda un signo de distinción, cuando todos vamos igual? Habría que hacer un llamamiento a la moda individual; que cada uno fuese como quisiera. Eso sí sería un signo de distinción.

 

12ª En algunos casos, la situación económica, incluso emocional, del país ha determinado que la moda se orientara en un aspecto u otro.



13ª La grandeza o inmundicia de la “moda” es su propio concepto más que su uso, resulta más negativa cuanto más relacionada esté con el consumismo.

 

14ª Muchas veces la forma en la que las personas se visten, calzan, peinan, maquillan, la música que escuchan y bailan, donde viven, que automóvil conducen, que tipo de viajes de placer realizan, etc., refleja el interior de la persona y su propia personalidad.

 

15ª No obstante hay que reconocer que ciertas aportaciones han sido claramente favorables para el hombre y la mujer. La llegada del Preta Porte es indudable que influyó muy positivamente en incorporar una cierta comodidad en la forma de vestir. Igualmente ocurre con la aportación que supuso la aparición de muchos de los aparatos y maquinarias-herramientas.

 
16ª Es para tener en cuenta la moda sobre arte. Por ejemplo la Feria de arte ARCO intenta transmitir la sensación de que asistiendo y participando de dicha feria entras en el mundo de la súper cultura, cuando lo único que trata es de poner en circulación un montón de creaciones (algunas de ellas sin ningún valor artístico) para beneficio de marchantes y negociantes.

lunes, 24 de marzo de 2014

Influencia del Humor en Tiempos de Crisis


Se inicia la Tertulia con el tema “Influencia del Humor en Tiempos de Crisis”. Siendo de destacar las siguientes intervenciones:

 

1ª tener sentido del humor favorece la capacidad para enfrentarse a los hechos negativos que nos da la vida.

 

2ª Parece ser que cuando nos encontramos ante situaciones críticas es cuando surge con más facilidad el sentido del humor; sobre todo en aquellos que tienen un talante predispuesto para ello.

 

3ª Cuando las crisis son realmente angustiosas, ciertamente que será difícil mantener humor del bueno; lo que más aflorará será humor, pero del malo. Resulta difícil no jurar en arameo cuando uno tiene que enfrentarse ante tamañas injusticias como las que se están viendo y viviendo a diario, últimamente.

 

4ª Lo ideal es tener humor del bueno pero sin crisis. La queja bloquea la mente en tanto que la risa nos hace más abiertos.

 

5ª La imaginación consuela a los hombres de lo que pueden ser; el humor les consuela de lo que son (Winston Churchill).

 

6ª El pesimismo proveniente de la inteligencia puede más que el optimismo de la voluntad.

 

7ª Los niños ayudan a mantener una ilusión que nos acerca al buen humor.

 

8ª Resulta enormemente positiva la aportación del llamado humor crítico, por ejemplo las chirigotas de Cádiz, y más todavía la que realizan los humoristas gráficos a través de los periódicos y revistas.

 

9ª La risa es una catarsis que enlaza con la filosofía cínica.

 

10ª "La especie humana tiene sólo un arma realmente efectiva: la risa. En el momento en que surge la risa, toda nuestra dureza se desploma, toda nuestra irritabilidad y nuestros resentimientos se desvanecen y un espíritu ‘soleado’ ocupa su lugar". (Mark Twain).

 

11ª San Juan Bosco le contestaba a un alumno que le preguntaba cómo hacer para alcanzar la santidad: "estar siempre alegre". Porque la alegría, prima hermana del humor, es una cuestión muy seria y difícil. Si existe algún beneficio de esta tremenda crisis económica es que la salida no es en esta clave de dinero. La crisis moviliza nuestros recursos más auténticos: lo espiritual, la intuición, el sentido del humor, las ganas de hacer comunidad, de salir de esto, pero salir juntos.

 

12ª Freud, reconociendo el valor del humor lo describió como "el más elevado de los mecanismos de defensa", "un regalo raro y precioso", que nos permite desdramatizar las dificultades cotidianas.

 

13ª Gordon Allport expresó que "el neurótico que aprende a reírse de sí mismo puede estar en camino a la autogestión, y tal vez en el de la curación".

Dice Thomas Szasz: "huye del psicoanalista que analiza los chistes en lugar de reírse de ellos".

 

14ª El Dr. Gabriel Castellá habla de 8 componentes esenciales que hacen posible el humor:

La conciencia: permite vislumbrar un nuevo sentido en las situaciones.

La aceptación: recibir y asumir los hechos tal cual son.

El amor: unido con el humor la existencia se hace más plena.

La bondad: el buen humor es solidario, no se queda en la risa sino que tiende una mano.

La reflexión: nos ayuda a encontrar una nueva mirada a situaciones difíciles.

La creatividad: encontrando nuevas posibilidades o respuestas.

La humildad: estar bien afirmado en sus valores, para poder valorar a los demás.

La alegría: es el componente característico, que distingue al verdadero humor.

 

15ª Felices los que saben reírse de sí mismos, porque nunca terminarán de divertirse.

Felices los que distinguen una montaña de una piedra, pues se evitarán muchos inconvenientes.

Felices los que saben escuchar y callar: aprenderán cosas nuevas.

Felices los que son suficientemente inteligentes como para no tomarse en serio: serán apreciados por sus vecinos.

Felices ustedes cuando sepan mirar seriamente las cosas pequeñas y tranquilamente a las cosas importantes: llegarán lejos en la vida.

Felices ustedes cuando aprecien una sonrisa y olviden un desaire: su camino estará lleno de sol.

Felices los que piensan antes de actuar: evitarán muchas necedades. (Tomás Moro)

 

16ª Se cuenta que en la Guerra Civil, durante el juicio sumarísimo que precedió a su fusilamiento, el genial escritor cómico Pedro Muñoz Seca declaró a sus carceleros: «Podréis quitarme las monedas que llevo encima, podréis quitarme el reloj de mi muñeca y las llaves que llevo en el bolsillo, podréis quitarme hasta la vida; sólo hay una cosa que no podréis quitarme, por mucho empeño que pongáis: el miedo que llevo encima». Evidentemente, tampoco pudieron quitarle el ingenio.

lunes, 17 de marzo de 2014

La Ley del Aborto


Se inicia la Tertulia con el tema “La Ley del Aborto”. Siendo de destacar las siguientes intervenciones:

 

1ª Una acción que conlleva tan alto riesgo como supone un aborto no es para tomarlo como una acción negativa. Es significativo que quienes se oponen al aborto sin más, no se oponen a las guerras de la misma manera.

 

2ª La religión no ha de intervenir en la aplicación de normas sociales. En todo el mundo además de la Iglesia Católica existe una tendencia religiosa principal que comparte una doctrina tan negativa  respecto al aborto y la anticoncepción y es el ala fundamentalista del Protestantismo Evangélico. Surge en los EE.UU.

Mientras tanto las religiones que están más cercanas a la católica, histórica y teológicamente, y que mantienen relaciones amigables con ella por ejemplo La Anglicana, La Episcopal, La Metodista, La Prebisteriana Unida y La Ortodoxa Griega, todas tienen doctrinas liberales respecto al aborto y la anticoncepción.

El Corán libro sagrado de los Musulmanes señala que Dios envía el alma al feto a los 120 días y la ley islámica permite el aborto si está en peligro la vida de la madre. La madre según esta concepción, es la raíz y el embrión la planta. La planta puede sacrificarse para salvar la raíz.

Los budistas a pesar de la tesis que la vida es el valor de más alta jerarquía, no se oponen al aborto en caso de peligro para la vida de la madre.

 

3ª En nuestra cultura, al contrario que en China, el aborto no está conceptuado como un elemento de  control de natalidad.

 

4ª La Ley propuesta por Gallardón, recoge como víctima a la mujer y como culpable al médico interviniente. No tiene en cuenta el Código Deontológico nada más que para el médico que se opone al aborto, no para el que considerando que presta una labor médica decide intervenir, al cual se le condena a cárcel.

 

5ª Contradicción manifiesta entre lo que se considera persona antes y después de nacer. Ciertamente que el feto antes de nacer es vida (vida unida y dependiente de otra, la madre). Tan sólo pasa a ser persona después de nacer, (hasta que no pasan veinticuatro horas no se puede registrar como tal en el Registro Civil.

 

6ª No es una simpleza aquello de que el aborto es una cosa de mujeres, en el que el hombre es mero espectador y que desde esa posición nada más tiene dos opciones: una apoyar a la mujer en dicho trance (que sería la correcta) y otra la indiferencia o la crítica que es la que en definitiva no tiene en cuenta para nada a la mujer.


7ª No parece del todo claro que la educación pueda mitigar el número de abortos; las estadísticas así lo reflejan. Pero si es posible que una educación orientada al desarrollo integral de la persona, acompañada por una mayor comprensión del conjunto de la sociedad, haga que llegado el caso de que una mujer tome la decisión de abortar, lo haga con las mayores garantías que la ciencia permite hoy. Siendo como es un hecho real la interrupción voluntaria del embarazo, el derecho ha de estar recogido en una ley, pero una ley ajustada a la realidad, valorando eso sí que se destine esfuerzos públicos en minorar el número de abortos.

 

8ª No es de recibo que esta situación de hecho, a la que se acogen todo tipo de mujeres independientemente a la escala social, ideológica y religiosa se siga presentando como una lucha de poder por ver quien se lleva el gato al agua y entretanto sigan muriendo o siendo mal atendidas infinidad de mujeres.

 

9ª Toda persona, a lo largo de su vida, es responsable de las decisiones que ha de tomar a fin de orientar su personalidad y con ello su forma de vivir. Se toman decisiones en el ámbito cultural, laboral, social, matrimonial o de pareja, etc.; muchas de ellas finalmente se pueden considerar equivocadas o no, pero han sido sus decisiones y nadie se mete en ello porque se sobre entiende que es una opción personal. Igual debiera ocurrir con el aborto.

 

10ª LOS 10 PUNTOS CLAVE DE LA LEY GALLARDÓN :

1. El aborto se permite si existe "menoscabo importante y duradero" para la salud física y psíquica de la mujer o un peligro importante para su vida. El otro supuesto es que haya "delito contra salud o indemnidad sexual" de la mujer (violación).

2. El plazo para el primer supuesto (riesgo para la salud física o psíquica de la mujer) será de 22 semanas de gestación y para el segundo (violación), de 12 semanas. Para poder acogerse a esta segunda posibilidad, será necesario haber denunciado la agresión.

3. El riesgo para la salud física o psíquica de la madre deberá "acreditarse de forma suficiente con dos informes motivados emitidos por dos médicos distintos del que practican el aborto". Los facultativos deben ser "especialistas en la patología que genera esa decisión". Después de que los facultativos hayan evaluado a la mujer, esta recibirá información "verbal" de la mano de un "colaborador del sistema público" sobre las alternativas a la interrupción de su embarazo; tras eso está obligada a esperar "al menos siete días" (frente a los tres actuales) para tomar su decisión.

4. Los médicos que realicen la evaluación de la mujer o del feto no podrán trabajar en el mismo centro donde se vaya a practicar la intervención.

5. Cuando el peligro para la salud psíquica de la madre tenga causa en una "anomalía fetal incompatible con la vida", será preciso un informe médico sobre la madre y otro sobre el feto, de forma "que quede probada dicha anomalía".

6. Si la anomalía incompatible con la vida no hubiera podido ser detectada clínicamente "con un diagnóstico certero" en las 22 primeras semanas de gestación, el aborto también podrá practicarse después, siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriores.

7. Se permite la objeción de conciencia de todos los profesionales sanitarios que participen o colaboren en el proceso de interrupción del embarazo (diagnóstico e intervención). Para ello, el profesional deberá comunicarlo por escrito al director del centro dentro de los cinco días siguientes a empezar a trabajar en él. Su decisión se incluirá en su expediente personal, que será reservado y confidencial. El ejercicio de este derecho, que no admite modulaciones, se podrá modificar en cualquier momento.

8. Se prohíbe la publicidad de las clínicas que practican abortos. "No es un producto de consumo y esa información solo deben facilitarla los especialistas", ha afirmado Gallardón.

9. Para que el consentimiento de las menores de edad se entienda como "informado y libre", es decir, para que puedan abortar en los supuestos que permite la ley, será obligatoria "la participación de los titulares de la patria potestad", ya sean padres o tutores.

10. Practicar un aborto fuera de los supuestos estipulados no tendrá reproche penal para la mujer. "Es la primera vez en la historia de España en que se libera a la mujer de la posibilidad de sufrir cualquier reproche penal", ha dicho el ministro. Gallardón no ha especificado, sin embargo, si habrá sanción administrativa. Lo que sí ha asegurado es que el médico que se salte la ley sí será sancionado según la normativa vigente.

lunes, 10 de marzo de 2014

Ley de Régimen Local


Se inicia la Tertulia con el tema “Ley de Régimen Local”. Siendo de destacar las siguientes intervenciones:

 

1ª Hay una concordancia generalizada de todos los intervinientes en la idea de que, la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, supone una drástica reducción de la  autonomía local provocado por el efectivo vaciamiento de competencias efectivas para la gestión de sus intereses propios.

 

2ª Alguien pone énfasis en que una ley de 1986 dotaba de una gran autonomía a los Ayuntamientos, justo lo contrario a lo que esta ley apunta.

 

3ª También hay acuerdo general de los asistentes en considerar esta Ley como recentralizadora de competencias en un ente, las Diputaciones provinciales,  donde sus componentes son elegidos a través de una elección democrática indirecta, son inexistentes en la mitad del territorio nacional, tienen connotaciones centralistas evidentes y es una institución desubicada constitucionalmente tras la aparición de las Comunidades Autónomas.

 

4ª Se expuso que hacía falta una legislación que redujera o limitara algunas competencias y poderes, los cuales han producido grandes perjuicios económicos-financieros a la administración local y tener un mayor nivel de fiscalización para impedir los desmanes de los componentes de estas administraciones. Pero, precisamente, la ley que se comenta no cumple con estas funciones.

 

5ª Al vaciar de competencias a las administraciones locales se canalizarán hacia las Comunidades Autónomas, que en estos momentos por encontrarse en momentos difíciles no podrán asumir la financiación de esas competencias.

 

6ª El Rey, en su discurso, mencionó la clasificación de las administraciones de la Administración Local: Racionalizar la eficiencia, garantizar los servicios, favorecer la iniciativa privada para que no sea excesiva la intervención pública.

 

7ª Para alguno de los asistentes expone que esta Ley no es de racionalización, sino que es de irracionalidad porque no es una reforma de la vigente, es un parche para una situación crítica de lo que se dio por llamar “competencias impropias” (atención de necesidades sociales mediante servicios de tal índole, promoción y reinserción social).

 

8ª Con esta Ley se suprimirán muchos puntos de información y asistencia. Por ejemplo, en Andalucía con la supresión de las Oficinas Municipales de Información al Ciudadano,  7,2 millones de ciudadanos se verán obligados a desplazarse a ciudades para su información y trámites.

 

9ª El Tribunal de Cuentas ha demostrado,  en su Informe de Fiscalización de servicios públicos locales del ejercicio 2010, una generalizada situación de sobrecoste en casos de servicios prestados por empresas privadas en comparación con los servicios homologables prestados por ayuntamientos equiparables de forma directa.

 

10ª Se aportan ideas que deberían adoptarse en los ayuntamientos:

.- Los presupuestos que excedieran de un importe considerado debieran aprobarse por la totalidad de los grupos políticos municipales. De no obtener unanimidad se someterían a referéndum, englobando los no aprobados en un determinado periodo de tiempo.

.- Limitar por ley los sueldos de concejales y alcaldes, diferenciados según el número de habitantes de los municipios, no siendo nunca superiores a diez veces el salario mínimo interprofesional. No se admitiría ningún tipo de plus económico.

.- No contratar a personal de confianza, recayendo todo el trabajo en el cuerpo funcionarial.

lunes, 3 de marzo de 2014

¿Somos todos iguales ante la Ley?


Se inicia la Tertulia con el tema “¿Somos todos iguales ante la Ley?”. Siendo de destacar las siguientes intervenciones:

 

1ª La Constitución Española recoge en su artículo 14 que todos los españoles somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Pero …

 

2ª … En el artículo 56, apartado 3 se indica que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.

 

3ª El Magistrado José Manuel Gómez Benítez, en una entrevista, manifiesta claramente la diferencia de trato ante la ley, dependiendo de quién se trate. Al igual que el magistrado Gómez Benítez, son muchos los jueces y magistrados quienes se manifiestan en este sentido.

 

4ª A la situación de inviolabilidad del Rey hay que añadir el trato distinto ante la ley que reciben otras muchas personas vinculadas a distintos estamentos (Gobierno, Parlamentos centrales y autonómicos, representantes del Poder Judicial, etc.).

 

5ª Todos los mencionados anteriormente están acogidos  una Ley de 1882, la cual recoge éste trato distinto, como aforados, de tal manera que nada más pueden ser juzgados por el tribunal Supremo, sin posibilidad alguna de poder recurrir y manteniendo como firme propósito la rapidez en el procedimiento judicial. Lo primero puede estar justificado por aquello de que no pueda ser alterada su actividad pública por posibles difamaciones, pero lo segundo, comprobamos diariamente como estos procedimientos se alargan indefinidamente en el tiempo, dependiendo de quién se trate.

 

6ª Es de destacar, en sentido positivo, las últimas sentencias contra la privatización de la sanidad y las realizadas por algunos jueces que sentenciaron a favor de los desahuciados y en contra de los bancos.

 

7ª Termina resultando muy negativa la influencia que ejercen los medios de comunicación en los procedimientos judiciales.

 

8ª Con la implantación de las costas, además de la figura del Procurador, se hace más grande la desigualdad ante la ley para los distintos niveles sociales.

 

9ª En cualquier caso hay que distinguir entre “Ley” y “Justicia”. La ley, como norma escrita es de aplicación para todos por igual, si bien debido a la habilidad de abogados e interpretaciones de los jueces, resulten veredictos distintos ante casos iguales. La justicia, en cambio, como base moral sí que es sentida de manera diferente entre quienes ostentan o están cerca del poder económico o político y aquellos que no disponen de ese trato de favor

 

10ª Se puede decir que la ley es para los pobres y la justicia es para quien puede comprar la ley.

 

11ª Es de dominio público que determinadas leyes resultan injustas cuando éstas se han aprobado con el claro propósito de favorecer a determinados sectores de la ciudadanía. Se dan casos en que los propios Magistrados se manifiestan contrarios a aceptarlas, independientemente a que por “ordenamiento legal” se vean obligados a aplicarlas. De hecho está reconocida la Rebeldía contra la Ley cuando ésta se considera injusta.