Se inicia la Tertulia con el
tema “¿Somos todos iguales ante la Ley?”.
Siendo de destacar las siguientes intervenciones:
1ª La Constitución Española
recoge en su artículo 14 que todos los españoles somos iguales ante la ley, sin
que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Pero …
2ª … En el artículo 56,
apartado 3 se indica que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a
responsabilidad.
3ª El Magistrado José Manuel
Gómez Benítez, en una entrevista, manifiesta claramente la diferencia de trato
ante la ley, dependiendo de quién se trate. Al igual que el magistrado Gómez
Benítez, son muchos los jueces y magistrados quienes se manifiestan en este
sentido.
4ª A la situación de
inviolabilidad del Rey hay que añadir el trato distinto ante la ley que reciben
otras muchas personas vinculadas a distintos estamentos (Gobierno, Parlamentos
centrales y autonómicos, representantes del Poder Judicial, etc.).
5ª Todos los mencionados
anteriormente están acogidos una Ley de
1882, la cual recoge éste trato distinto, como aforados, de tal manera que nada
más pueden ser juzgados por el tribunal Supremo, sin posibilidad alguna de
poder recurrir y manteniendo como firme propósito la rapidez en el
procedimiento judicial. Lo primero puede estar justificado por aquello de que
no pueda ser alterada su actividad pública por posibles difamaciones, pero lo
segundo, comprobamos diariamente como estos procedimientos se alargan
indefinidamente en el tiempo, dependiendo de quién se trate.
6ª Es de destacar, en sentido
positivo, las últimas sentencias contra la privatización de la sanidad y las
realizadas por algunos jueces que sentenciaron a favor de los desahuciados y en
contra de los bancos.
7ª Termina resultando muy
negativa la influencia que ejercen los medios de comunicación en los
procedimientos judiciales.
8ª Con la implantación de
las costas, además de la figura del Procurador, se hace más grande la
desigualdad ante la ley para los distintos niveles sociales.
9ª En cualquier caso hay que
distinguir entre “Ley” y “Justicia”. La ley, como norma escrita es de
aplicación para todos por igual, si bien debido a la habilidad de abogados e
interpretaciones de los jueces, resulten veredictos distintos ante casos
iguales. La justicia, en cambio, como base moral sí que es sentida de manera
diferente entre quienes ostentan o están cerca del poder económico o político y
aquellos que no disponen de ese trato de favor
10ª Se puede decir que la
ley es para los pobres y la justicia es para quien puede comprar la ley.
11ª Es de dominio público
que determinadas leyes resultan injustas cuando éstas se han aprobado con el
claro propósito de favorecer a determinados sectores de la ciudadanía. Se dan
casos en que los propios Magistrados se manifiestan contrarios a aceptarlas, independientemente
a que por “ordenamiento legal” se vean obligados a aplicarlas. De hecho está
reconocida la Rebeldía contra la Ley cuando ésta se considera injusta.
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